CONDECORACIÓN ¨ORDEN AL MÉRITO DE LA MUJER 201

BASES

VII CONVOCATORIA

 

I.     DISPOSICIONES GENERALES

 

1.1. OBJETIVO

Establecer las pautas generales y específicas para los procesos de convocatoria, selección, calificación y adjudicación de la Condecoración «Orden al Mérito de la Mujer 2010» otorgado por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en su VII versión.

 

1.2. DE óRGANO RESPONSABLE DE LA CONVOCATORIA Y SUS ATRIBUCIONES

 

1.2.1. El Consejo Especial de la Condecoración

 

Es el órgano máximo responsable de dirección, evaluación y ejecución de la Condecoración «Orden al Mérito de la Mujer 2010».

 

 

1.2.1.1. Conformación

 

El Consejo Especial de la Condecoración estará integrado por:

 

a)  La Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, quien la preside;

b)  La Viceministra de la Mujer, en cuyo ámbito de competencia se otorga la  

     Condecoración;

c)  El Secretario General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; y,

d)  La Directora General de la Mujer quien actuará como Secretaria del Consejo Especial  

     de la Condecoración.

 

1.2.1.2. Funciones

 

Son funciones del Consejo Especial de la Condecoración:

 

a)  Aprobar las Bases de la Condecoración «Orden al Mérito de la Mujer 2010» y la ficha

     de inscripción correspondiente;

b)  Convocar a la inscripción en el ámbito nacional de candidatas para la Condecoración  

     «Orden al Mérito de la Mujer 2010»;

c)  Aprobar y ratificar a las ganadoras seleccionadas por la Coordinación Sectorial del  

     MIMDES  en cada Región;

d)  Otorgar las distinciones propuestas mediante Resolución Ministerial;

e)  Aprobar el retiro de la condecoración y exigir la devolución de los diplomas y/o

     medallas correspondientes cuando hayan incurrido en algunas de las causales  

     establecidas en el Artículo 14 del Reglamento para el Otorgamiento de las  

     Condecoraciones en el Sector Mujer y Desarrollo Social;

f)  Suscribir las actas del Consejo;

g)  Emitir disposiciones y/o pautas para la mejor aplicación del Reglamento que otorga las

     Condecoraciones.

h)  Delegar a la Secretaría del Consejo Especial de la Condecoración la coordinación en el      ámbito regional,  la implementación de las Bases con los/las Coordinadores/as  

     Sectoriales del MIMDES;

 i)  Resolver  cualquier situación no prevista en las presentes Bases

 

1.2.1.3. Acuerdos

 

El Consejo Especial de la Condecoración «Orden al Mérito de la Mujer 2010» para su funcionamiento requiere de un quórum mínimo de tres (3) integrantes, entre los cuales necesariamente deberán estar presentes, la Presidenta y la Secretaria del Consejo Especial de la Condecoración.

Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple. En caso de empate, se resolverá con el voto dirimente de la Presidenta.

 

1.2.2.  Atribuciones de la Presidencia del Consejo Especial de la Condecoración

Son atribuciones de la Presidenta del Consejo Especial de la Condecoración:

 

a) Presidir las sesiones del Consejo Especial de la Condecoración;

b) Suscribir las actas del Consejo Especial de la Condecoración; y,

c) Aprobar y suscribir las resoluciones de otorgamiento de la Condecoración «Orden al

    Mérito de la Mujer 2010»;     

d) Velar por el cumplimiento de las decisiones adoptadas por el Consejo Especial de la Condecoración.

 

1.2.3.   Atribuciones de la Secretaría del Consejo Especial de la Condecoración

 

La Secretaría del Consejo Especial de la Condecoración tiene las siguientes atribuciones: 

 

a) Convocar, por encargo de la Presidenta a las y los miembros a la(s) sesión(es) del  

    Consejo Especial de la Condecoración;

b) Proponer a la Presidenta del Consejo Especial de la Condecoración el proyecto de las

    Bases de la Condecoración «Orden al Mérito de la Mujer 2010»;

c) Elaborar y tener en custodia las actas de las sesiones del Consejo Especial de la

    Condecoración, debidamente firmadas por cada uno(a) de los integrantes del Consejo

    Especial de Condecoración;

d) Consolidar y mantener en custodia las actas y el consolidado del registro de

    inscripciones de cada Región; 

e) Elaborar el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el otorgamiento de la  

    Condecoración «Orden al Mérito de la Mujer 2010»;  

f) Tener al día el Libro de Registro de Condecoradas;

g) Presentar al Consejo Especial de la Condecoración los casos que puedan determinar el

    retiro de una o más candidatas, en cualquier etapa del proceso, cuando se considere

    que se ha incurrido en algunas de las causales establecidas en el Artículo 14 del

    Reglamento para el Otorgamiento de las Condecoraciones en el Sector Mujer y  

    Desarrollo Social;

h) Coordinar en el ámbito regional con  los/las Coordinadores/as Sectoriales del MIMDES

    el desarrollo de las actividades en cada Región, conforme a lo dispuesto en el Anexo 5;

i)  Asesorar  y Coordinar en la organización de la Condecoración «Orden al Mérito de la

    Mujer 2010» a  las unidades orgánicas del MIMDES.

 

II.    DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

 

2.1.   ETAPAS DEL PROCESO DE CONDECORACIÓN

 

2.1.1 De la Convocatoria

Se inicia con la presentación de las Bases respectivas a través de una conferencia de prensa que lanza la VII Convocatoria  para la Condecoración «Orden al Mérito de la Mujer 2010» y el proceso de difusión en cada región.

 

 

2.1.2.  Inscripciones de candidatas

 

a)  Requisitos para la postulación de candidatas

  • Podrán presentar una candidatura: toda persona jurídica nacional o internacional, entidades públicas y organizaciones privadas, debidamente acreditada.

  • Sólo se podrá inscribir hasta dos candidatas por categoría. Una misma persona no podrá ser inscrita en más de una categoría.

  • El MIMDES a través de la Secretaria del Consejo Especial de la Condecoración y los/las Coordinadores/as Sectoriales del MIMDES podrán solicitar información adicional de las candidaturas presentadas, con relación al objeto de la premiación.

  • Las distintas dependencias del MIMDES en el ámbito nacional, no podrán presentar candidatas.

b) Proceso de inscripción

La inscripción de candidatas se efectúa con la entrega de las fichas de inscripción, las mismas que se encontrarán disponibles en la Pág. Web www.mimdes.gob.pe/ordenmerito o en las mesas de partes del MIMDES en la sede central y Coordinaciones Sectoriales de todas las regiones (Anexo 1)


La ficha de inscripción contendrá la siguiente información:

  • Datos personales de las candidatas: nombres y apellidos; edad; lugar de nacimiento; DNI u otro documento; dirección domiciliaria; número telefónico y/o e-mail (de tenerlos).

  • Institución que la presenta: nombres; representante legal; Nº de registro; dirección domiciliaria; número telefónico y/o e-mail (de tenerlos).

  • Resumen ejecutivo de las principales acciones desarrolladas por la candidata (no más de 30 líneas).

  • Premios, reconocimientos y/o distinciones obtenidas por las candidatas.

  • Instituciones que puedan dar mayor referencia del trabajo realizado por la candidata.

Las fichas de inscripción podrán ser presentadas a través de las siguientes modalidades:

 

2.1.3.   De la  Selección

La Coordinación Sectorial del MIMDES en cada Región selecciona a las candidatas ganadoras

en cada categoría, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidas en las presentes

Bases (Anexo 3). Los acuerdos constan en un libro de actas.
 

La lista de candidatas ganadoras con sus respectivos expedientes, serán remitidos al

Consejo Especial de la Condecoración, a fin de que apruebe y ratifique el resultado obtenido

en cada Región.

 

2.1.4.    Publicación de los nombres de las  ganadoras

El Consejo Especial de la Condecoración con el resultado obtenido procederá a aprobar y

suscribir el acta final con los nombres de las ganadoras por categoría publicándose este

resultado en la Página Web del MIMDES: www.mimdes.gob.pe/ordenmerito

 

2.1.6       Entrega de la Condecoración «Orden al Mérito de la Mujer 2010»

a)   Para el caso de Lima:

La ceremonia de Condecoración se llevará cabo en acto protocolar público el

día lunes 8 de marzo del 2010, en el marco de la celebración del Día Internacional

de la Mujer, fecha en que se reconocerá  a las ganadoras de las Regiones de: Lima,

Lima provincias y el Callao.

Este evento contará con la presencia de una mujer Condecorada por cada región

del país, quien participará como invitada especial.

 

b)   Para el caso de otras Regiones:

La ceremonia de Condecoración se llevará cabo en la capital de Región en acto

público, contando con un/a funcionario/a representante de la señora Ministra

de la Mujer y Desarrollo Social.

 

Las Resoluciones Ministeriales que otorga la Condecoración «Orden al Mérito de la

Mujer 2010» será publicada en el Diario Oficial El Peruano.

 

En las ceremonias de condecoración que se realicen en Lima y regiones se dará lectura a la Resolución Ministerial correspondiente y se hará entrega del diploma y/o la medalla «Orden al Mérito de la Mujer 2010».

 

Las etapas del proceso de la Condecoración se realizarán cumpliendo el cronograma

establecido en el Anexo 4.     

  

2.2.     CATEGORíAS DE LA CONDECORACIóN

           

2.2.1.    Mérito a una vida dedicada al trabajo político en su calidad de autoridad

               regional y local. Esta categoría comprende a mujeres que promueven desde su

            función, la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, enfatizando en la

            defensa de los derechos humanos de las mujeres, sobre todo en sectores de

            población más vulnerable.

 

2.2.2.    En mérito a la actividad destacada en el desempeño de su profesión. Esta

            categoría comprende a mujeres profesionales que contribuyen a la defensa de los

            derechos de las mujeres, la producción de nuevo conocimiento así como a su

            difusión a través de su ejercicio profesional (periodismo, arte, ciencia y

            humanidades).

 

2.2.3.    En mérito a la actividad destacada en las FFAA y/o policiales. Esta categoría

            comprende a mujeres con destacada labor profesional y/o que promueven la

            defensa de los derechos de las mujeres.

 

2.2.4.    En mérito a actividad destacada en el campo empresarial. Esta categoría

            comprende a mujeres que han destacado por su alto desarrollo de competencias

            empresariales y promueven la defensa los derechos de las mujeres.

 

2.2.5.    En mérito a actividades destacada en el desarrollo de labores sociales desde

               su organización social de base. Esta categoría comprende a mujeres que

            participan y promueven desde las organizaciones sociales de base el desarrollo de

            capital humano y social con impacto en el desarrollo el país. 

 

2.2.6.    En mérito a  actividad destacada en el campo del deporte. Esta categoría

            comprende a mujeres con desempeño y alto nivel competitivo en diversos deportes

            y que han sido exitosas en eventos de competencia en el ámbito nacional

            e internacional, promoviendo además la defensa de los derechos de las mujeres

            especialmente en los sectores más vulnerables.

 

2.2.7.    En mérito a su labor desarrollada en la carrera judicial o en el Ministerio

               Público. Esta categoría comprende a mujeres que han promovido y resguardado la

            aplicación justa y oportuna de la ley, garantizando especialmente los derechos

            de las mujeres.

 

2.2.8.    En mérito a su desarrollo y desempeño de capacidades como niña o

               adolescente. Esta categoría comprende niñas y adolescentes que hayan

            sobresalido o realizado acciones, personales, familiares y/o sociales, venciendo

            condiciones limitativas de exclusión y/o pobreza, fomentando valores en la

            población, especialmente entre su grupo generacional. 

 

2.2.9.    En mérito al ejemplo de vida (Adulta mayor). Esta categoría comprende a

            mujeres adultas mayores que aportan con sabiduría al desarrollo social y son un

            ejemplo de vida coherente, con valores consistentes que es pertinente destacar

            por su especial significación para las generaciones presentes y futuras.

 

2.2.10.  En mérito a su labor social en comunidades nativas y campesinas. Esta

            categoría comprende a las mujeres que han promovido y garantizado la diversidad

            cultural y respeto a la diferencia a través de prácticas interculturales a favor de

            estas poblaciones.

 

2.2.11.  En mérito de su labor parlamentaria. Esta categoría comprende a mujeres que

            en el ejercicio de su función legislativa y de control político promueven los derechos

           de las mujeres a través de las iniciativas legislativas, reformas constitucionales.

 

 

2.3.     RETIRO DE LA CONDECORACIóN

 

2.2.1.    Causales

Son causales de retiro de la Condecoración:

  • Encontrarse cumpliendo condena restrictiva o privativa de la libertad o          siendo procesada por delito doloso.

  • Tener parentesco dentro del cuarto grado de consaguinidad y el segundo de

    afinidad con los miembros del Consejo Especial de la Condecoración1.

2.3.2.    Formalización

Acreditada la causal que imposibiliten la entrega de la Condecoración y/o retiro de

la misma, esta decisión será oficializada mediante Resolución Ministerial.

 

2.3.3.    Devolución y custodia de distinciones

La persona a quien se haya negado o retirado las distinciones antes señaladas,

hará la devolución a la Secretaria del Consejo Especial de Condecoración del MIMDES, quien quedará en custodia de las mismas.

 

III.      DISPOSICIóN COMPLEMENTARIA 

 

Excepcionalmente, sin necesidad de seguir el procedimiento regulado en la presente

disposición, la Titular del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social podrá condecorar a

personas particulares, previa conformidad de la Viceministra de la Mujer. El procedimiento

para la entrega de estas distinciones se realizará conforme a las pautas establecidas en el

Anexo 6.

 

ANEXOS: